domingo, 3 de julio de 2016

Continúa el proceso electoral

Según disponen nuestras reglas en su artículo 36.3, a partir del día 4 de julio queda abierto el plazo de presentación de candidaturas a Hermano Mayor y miembro de Junta de Gobierno, las cuales podrán formalizarse de lunes a viernes hasta el día 15 de julio en horario de apertura de la capilla.

1. Candidatos a HERMANO MAYOR

Para optar a ocupar el cargo de hermano mayor de nuestra hermandad, según disponen nuestras Reglas en su artículo 50.1 será preciso que el candidato haya cumplido veinticinco años y tenga una antigüedad mínima e ininterrumpida de cinco años en la nómina de la corporación. Deberá haber pertenecido a la Junta de Gobierno de ésta u otra hermandad y tener sentido probado y eclesial. El candidato no podrá pertenecer a la junta de gobierno de otra hermandad sea del carácter que sea.

2. Candidatos a OFICIAL DE JUNTA

Para optar a ocupar cualquier cargo en la Junta de Gobierno deberá contar con 18 años de edad y uno de antigüedad en la nómina de la hermandad. No podrá optar al mismo cargo que ostente en la junta de gobierno de otra corporación (cfr. Regla 51).

3. Documentos que han de presentarse

Cada uno de los candidatos, sea a hermano mayor o miembro de junta, debe presentar, según disponen las Normas Diocesanas en su artículo 32.4 la siguiente documentación.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad -o documento oficial equivalente, en caso de extranjeros.
- Certificado de bautismo.
- Declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular.
- Certificado de matrimonio canónico (si lo hubiera contraído).
El Secretario de la Hermandad podrá entregar a los hermanos candidatos un certificado que acredite la presentación de estos documentos.

4. Otras cuestiones sobre el proceso electoral.

Para dar cumplimiento a lo que disponen las Normas Diocesanas, que hemos conocido una vez abierto el proceso electoral, la Junta de Gobierno designará la Comisión Electora que será la encargada de coordinar todo lo relacionado con los sufragios electorales. Estará formada por tres hermanos  mayores de 18 años.

Concluido el plazo de presentación de candidaturas, la Junta de Gobierno dará su visto bueno a las mismas según disponen en su artículo 42 las nuevas Normas Diocesanas. Las que obtengan la aprobación capitular, serán remitidas a la Delegación Diocesana de Asuntos Jurídicos, indicando en todo caso quiénes se presentan a Hermano Mayor  y acompañadas de un certificado de idoneidad que expedirá el Secretario con el visto bueno del Hermano Mayor (Cf. Art. 44.9 Normas Diocesanas).

Según disponen las Reglas en su artículo 36.5, una vez que la Autoridad Eclesiástica remita a la Hermandad la lista de candidatos elegibles a Hermano Mayor y candidatos solicitantes a formar parte de la Junta de Gobier­no, ésta se hará pública en el tablón de anuncios de la Her­mandad.
Una vez hayan sido aceptadas, los candidatos a Hermano Mayor podrán preparar información sobre su candidatura que la Secretaría de la Hermandad remitirá a los hermanos, asumiendo los costes el candidato en cuestión.

Según dispone la Regla 35, la hermandad facilitará a los hermanos que residan fuera de Sevilla o que así lo soliciten por encontrarse enfermos, la opción del voto por correo.

Según disponen las nuevas Normas Diocesanas en su artículo 45.2, para que el voto por correo sea válido será necesario que los hermanos interesados remitan a la Secretaría de la hermandad un Certificado Médico oficial que acredite su situación. Para los hermanos que residen fuera de Sevilla será necesario que en el censo electoral figure esta condición . En ambos casos, los hermanos tienen que figurar en el censo identificados con su DNI.


Los hermanos que quieran ejercer su voto por correo deberán solicitarlo por escrito, haciendo llegar su petición al menos con un mes de antelación a la Comisión Electoral, que remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y sobres electorales (Cfr. artículo 45.4 Normas Diocesanas).

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